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No sabe uno qué pensar de las declaraciones del Magistrado Ramelli, presidente de la JEP. No podemos citarlo a una audiencia ante la jurisdicción, para que responda si admite la verdad sobre lo publicado por Blu Radio: “Estamos haciendo todo lo posible, pero el tiempo es limitado. Lo que no logremos investigar será devuelto a la justicia ordinaria, y allí las sanciones ya no serán propias, sino de cárcel”.
Lo digo porque si consultamos el texto del Acuerdo Final de Paz, en la parte que se refiere a los principios básicos del componente de justicia del sistema integral de Verdad, Justicia, Reparación y no Repetición (SIVJRNR), su numeral 9 contempla previsiones como estas:
“La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), es una jurisdicción especial que ejerce funciones judiciales de manera autónoma y preferente sobre los asuntos de su competencia…”
Mal puede su presidente renunciar unilateralmente a esta responsabilidad. Más adelante:
“El plazo para la conclusión de las funciones de la Jurisdicción Especial para la Paz consistentes en la presentación de acusaciones por la Unidad de Investigación y Acusación, de oficio o como consecuencia de los informes que tratan los literales b) y c) del numeral 48, será de 10 años contados a partir de la entrada efectiva en funcionamiento de la totalidad de Salas y Secciones de la Jurisdicción Especial para la Paz, y un plazo posterior de 5 años más para concluir su activad jurisdiccional, plazo este último que de ser necesario podrá ser prorrogado para concluir su actividad”.
No parece creíble que el presidente de la JEP desconozca el texto del Acuerdo. El honorable Magistrado Ramelli hace la suposición de que, transcurridos 15 años y más tras la entrada en funcionamiento de la JEP, la jurisdicción no habrá sido capaz de cumplir con su tarea, por lo cual pasa a ensayar elucubraciones dignas de algún lego en derecho.
El Acuerdo de Paz, el derecho internacional, los firmantes, las víctimas, la propia JEP, Naciones Unidas, todo pa’l carajo. Que nadie vuelva a creer en la paz
La JEP desaparecerá, y los casos bajo su conocimiento pasarán a la justicia ordinaria, donde no habrá las sanciones restaurativas previstas en el Acuerdo, sino penas de cárcel para los condenados. Despachado el tema. El Acuerdo de Paz, el derecho internacional, los firmantes, las víctimas, la propia JEP, Naciones Unidas, todo pa’l carajo. Que nadie vuelva a creer en la paz.
¿Puede el presidente de la JEP manifestar eso? Por torpe y a futuro que sea su anuncio, este resulta alarmante para los firmantes de paz, que tienen el derecho a pensar que todo lo acordado es una farsa, que el Estado colombiano ya tiene adoptada la resolución de incumplir abiertamente. Que la JEP no cerrará el conflicto ni dará ninguna seguridad jurídica.
Vale hacerle recordar al honorable Magistrado Ramelli, que el Acuerdo contempla disposiciones muy claras, que él más que ningún otro debe conocer:
“Todas las actuaciones en el componente de justicia, de conformidad con las reglas aplicables a la Jurisdicción Especial para la Paz, respetarán los derechos fundamentales del debido proceso, defensa, asistencia de abogado, presunción de inocencia y la independencia e imparcialidad de los magistrados de las salas y secciones, así como de los integrantes de la Unidad de Investigación y Acusación”. (Primera parte del principio 4, sobre la JEP).
¿Acaso no pone en duda la imparcialidad de la JEP lo que acaba de declarar ante la prensa su presidente? En lo personal, no creo que lo dicho por el doctor Ramelli deba ser tomado en serio, porque es sencillamente ridículo. Alguien pudiera interpretarlo como un llamado a los antiguos alzados para retomar las armas, so pena de condenas a prisión en unos años.
Es que el Acuerdo Final de Paz fijó estos principios: “El resultado final de la aplicación del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación, y No Repetición, debe garantizar la seguridad jurídica para promover una paz estable y duradera”. (18). “El Tribunal para la Paz será el órgano de cierre de la jurisdicción especial para la paz que se crea en el SIVJRNR” (Ultimo inciso del 46). Lo que corresponde al doctor Ramelli y a todo el Estado colombiano es cumplirlos.
Y a los firmantes de paz, luchar porque se cumplan. No con las armas, un despropósito, sino con argumentos que nacen de la verdad. El Acuerdo Final de Paz, y más en esta parte específica de víctimas, hace parte del Bloque de Constitucionalidad y a su vez fue adoptado como Resolución por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, que monitorea trimestre a trimestre su cumplimiento.
A trabajar, doctor Ramelli, recuerde y recuérdeles a los magistrados que, según la norma, la JEP:
“…deberá concentrarse desde un inicio en los casos más graves y en las conductas o prácticas más representativas”. (literal o, numeral 47). Es eso lo que hay que hacer, dejar de complicar sin sentido las tareas, los procedimientos y los fallos. No se les pide más, aplicar rigurosamente lo acordado.
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