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Si hubiera una pregunta que valdría la pena hacer a los colombianos, en uso de la posibilidad de la consulta popular, sería si creemos aún en un modelo de Economía Social de Mercado. Y yo votaría por el SÍ.
Ciertamente, los colombianos creemos en una Economía Social de Mercado y así lo consagramos en la Constitución Política. Eso implica que aceptamos que la actividad de los empresarios debe estar sometida a la intervención. Pero no a cualquier intervención, sino solamente y sólo en la medida que sea absolutamente necesaria para que otros derechos se cuiden.
Defender ese balance es absolutamente crítico para que se mantenga el modelo económico de país que queremos para nosotros y nuestros hijos.
El gasto público se debe asignar a los bienes y servicios que sólo el Estado puede proveer, por razones de soberanía (Defensa, inteligencia, administración de justicia) o equidad. En este último caso, con el propósito de asegurar eficiencia, se optará por mecanismos que permitan que los usuarios elijan entre oferentes, y jamás para mantener entidades oficiales monopolistas.
Se debe procurar regulación de alta calidad. El esquema de regulación debe privilegiar la participación, otorgándole al ciudadano la oportunidad efectiva de solicitar acciones de intervención contra las conductas de los agentes del mercado que vulneren sus derechos, construyendo de esta manera confianza en las instituciones.
La asimetría de información que caracteriza la actuación de los agentes económicos necesita ser contrarrestada con mecanismos de divulgación y acceso a información oportuna y confiable para todos los usuarios y consumidores.
Intereses que justifican regulación: La intervención del Estado en la actividad económica debe ser la excepción y dado que la intervención implica una restricción de la libertad de empresa, requiere de una justificación muy poderosa.
Intervenir de forma eficiente implica la escogencia de las actividades o sectores que lo requieran que nunca serán todos y, del mismo modo, hacer un uso de los instrumentos legalmente disponibles en estricto apego a lo señalado en la ley.
Maximizar el bienestar de la sociedad. Las razones para intervenir no son de política, sino de racional económico y son: Incorporar señales de eficiencia económica cuando existan monopolios naturales, Eliminar los obstáculos que impidan la competencia, Contrarrestar los efectos de externalidades negativas e incentivar las positivas, Contrarrestar los efectos negativos de las asimetrías de información, Asegurar la provisión de servicios públicos hasta donde técnica y económicamente sea factible, Estimular la inversión de los particulares en aquellas actividades que puedan ser desarrolladas por el sector privado, Minimizar los riesgos de pasivos contingentes o asegurar su provisión y Reducir los costos de transacción.
Cautela previa máxima: Antes de imponer restricciones a la iniciativa de los particulares mediante la intervención, se debe considerar que:
La intervención sea el único medio para proteger un interés público específico que la justifique y que se haga estrictamente en las proporciones necesarias para contrarrestar el riesgo.
El costo de la intervención sea menor al costo de no hacerla. La intervención debe ir hasta el punto donde los costos marginales excedan los beneficios.
Los riesgos a evitar o mitigar deben ser razonablemente predecibles.
Exista un balance adecuado entre la sanción, la cuantía de los daños causados a la sociedad por el incumplimiento de la norma regulatoria y los instrumentos disponibles para hacerla efectiva.
Se permita flexibilidad para que se puedan realizar revisiones periódicas, procurando, en lo posible, estabilidad en las reglas del juego.
Cada empresario, cada consumidor, cada usuario, todos los colombianos debemos ser garantes de este modelo.
Del mismo autor: Verdades y mentiras sobre la implementación del Acuerdo de Paz
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