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En un régimen constitucional parlamentario el ejecutivo acude a un voto de confianza en el parlamento en cualquier momento. Si lo pierde se realiza una nueva votación para que se represente de nuevo la voluntad del electorado. Esto sucede cada vez que está en entredicho si el gobierno está expresando la voluntad popular. En un régimen presidencialista como el nuestro -donde el periodo no puede ser interrumpido- se creó la figura de la Consulta Popular para cuando los mecanismos institucionales no pueden resolver cuál es esa voluntad. Es el caso en el que dos poderes nacidos de la voluntad ciudadana se encuentran enfrentados.
Aquí en ‘democracia’ se auscultó la voluntad popular con las elecciones. Petro recibió el mandato, es decir no solo la autorización sino la orden, de adelantar lo que propuso en su campaña. Entre lo cual lo que prometió como ‘Reforma Laboral’.
Fue lo que hizo después de las consultas, foros, concesiones, y asesorías que discrecionalmente eligió. Presentó el proyecto al debate a la Cámara que, dentro de sus instancias y las atribuciones ‘democraticas’, realizó las audiencias, foros, mesas técnicas, etc. que consideró conveniente y las modificaciones que considero pertinentes. (Es decir que por parte del gobierno y de la instancia que correspondía al legislativo se adelantó el trámite con las consultas y acuerdos que permite y obliga la ‘democracia’. El desconocer esto se usó para justificar la oposición a la reforma; sin embargo, ahora se argumenta su cumplimiento para acelerar las votaciones).
Tras su posesión el presidente del Congreso manifestó en tono triunfal “tengo los votos suficientes para evitar el debate” (es decir, ir en contra de la primera responsabilidad de su función, expresando además su distanciamiento de la neutralidad que supone ir anexo al encargo que recibió).
Eso se cumplió cuando la Comision Séptima decidió ‘archivar’ sin permitir debatir en plenaria, desconociendo así la ‘regla democrática’. De acuerdo a nuestra ‘regla demócratica’ se da la posibilidad de la apelación. En este caso ante la Mesa Directiva o sea en manos del presidente del Congreso. Aunque era evidente la procedencia de la apelación (como se confirmó al hacer después la citación y está por confirmarlo la Corte en caso de la Reforma Pensional) la Ley no fija el plazo para pronunciarse. Así quedó en el Dr. Cepeda la facultad de abstenerse de incluirla en la agenda hasta cuando no quedara suficiente tiempo para adelantar la Reforma en el Senado.
Después de cuatro semanas de demora para una definición que debía ser inmediata, y ante lo que era la confirmación de la amenaza del presidente del Congreso, el gobierno acudió a la instancia democrática institucional apropiada para resolver este tipo de conflictos: la Consulta Popular.
Dada la inminencia de la votación favorable a la Consulta Popular, y después de siete semanas de diferir la inclusión de la apelación contra lo sucedido en la Comision Séptima, se le ocurrió al Dr. Cepeda la genialidad de agendar la apelación y la votación respecto a la Aprobación o no de la Consulta Popular el mismo día, una tras la otra. Genialidad completa, pues obligaba al sector gobiernista a aprobar la primera (no podría votar en contra de la apelación que él mismo instauró); volvía en principio innecesaria la la Consulta Popular, atrayendo al “No” a quienes eran susceptibles a los argumentos de que se irían sumas innecesarias usadas solo para la campaña electoral (lo cual no es posible pues van a la Registraduría); obliga y compromete al presidente a participar del proceso por la necesidad del mensaje de urgencia para que exista la posibilidad de cumplir con los términos que señala el trámite (de no hacerlo sería responsable de su hundimiento); y queda en las manos del Dr. Cepeda y de quienes comparten su mismo propósito el manejar el debate para ser quienes deciden sobre la suerte de la reforma.
Lo sucedido con los altercados en la votación son consecuencia mas no parte de este proceso
Las nuevas demandas, tutelas y denuncias se fundamentan en estos hechos. Lo más probable es que si prosperan eso será cuando ya no tengan ningún efecto, o simplemente que se desatiendan y se olviden. Por eso el intento de una nueva Consulta Popular.
Lo sucedido con los altercados en la votación son consecuencia mas no parte de este proceso. Sin duda todo lo anterior sí tiene como sustrato las diferencias ideológicas y los intereses electorales de ambas partes… Pero, aunque fija posiciones respecto a las consultas al pueblo, lo que muestra es cómo es el manejo de la política en nuestra ‘democracia’.
Del mismo autor: El fervor patriótico de Álvaro Leyva
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