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El dilema: Sin decir el nombre, en muchas de las discusiones que hoy debaten al país, se volvió a traer a Colombia el debate de si queremos ser una Economía de Mercado o una Sociedad Comunista.
La sentencia que nos da luz: Dado que soy de los que me cuento entre quienes confiamos en el poder de los individuos y su libertad económica, leí con deleite y emoción la sentencia C-32 de este año. En esa reciente y muy oportuna decisión, la Corte Constitucional nos recordó, nuevamente, que Colombia se consagró a un modelo de Economía Social de Mercado, y que ese Modelo se cimienta en la propiedad privada, la libre empresa y la libre competencia económica.
No hay guerra de clases sociales: Como la discusión ahora se ha vuelto agria y se ha pretendido forzar una lucha de clases a su alrededor, es una luz en el camino como la Corte explicó en detalle, en cuanto a que la forma que nos gusta para la economía no es la defensa de unos capitalistas ricos olvidando a los necesitados. No. Con lujo de ilustración se muestra como, solo en la medida que esa forma de organización se cumpla, se hace posible “la consecución de las condiciones materiales y la prosperidad de los habitantes”.
El falso dilema entre desarrollo económico y justicia social: Dando un paso más allá, en la sentencia se desvirtúa por completo que haya una contradicción entre satisfacer las necesidades de desarrollo económico y la justicia social para los colombianos necesitados. Por el contrario, la justicia social no se logrará si no se ha suplido ese desarrollo. Para hacer el punto claro, reiteró la Sala y sus magistrados que, si bien se trata de derechos económicos, la satisfacción de estos es el cimiento para lograr los demás, incluso los fundamentales, pues, los “… derechos y libertades fundamentales carecen de eficacia cuando sus titulares sufren la insatisfacción de sus necesidades básicas”.
En ese escenario, entonces, el desarrollo económico y la justicia social no son opuestos. Por el contrario, se trata de intereses armónicos que, al balancearse con una moderada y razonable intervención “…logra la compatibilidad entre los intereses privados y la satisfacción de necesidades colectivas.”
Otro falso dilema: Por otra parte, se zanja la mentira sobre que exista una contradicción insalvable entre los derechos económicos.y las garantías fundamentales. En efecto, si bien todos los problemas de precariedad que afectan a los colombianos y cuya superación es nuestro objetivo no se deben a falta de ingresos económicos, para la superación de la pobreza y para lograr la prosperidad, una Economía Social de Mercado es la vía que se previó en la constitución que nos une: “El mercado y la garantía de las libertades y derechos económicos resultan instrumentales al logro de ese fin”.
No a la expropiación por la puerta de atrás: Finalmente, se desprende sin dificultad de la lectura juiciosa de la decisión, que no es cierto ni ajustado a derecho que, para lograr servicios públicos eficientes para todos, sea preciso volver a un modelo de empresas estatales monopólicas. No. Es a través de una economía Social de mercado. Por cuanto los derechos económicos no son absolutos deben alinearse con otros que podrían no satisfacerse plenamente si se deja al mercado solo. Para ello también se previó la intervención estatal en la economía. Pero, con parámetros y límites. Con diamantina claridad lo sentenció el Máximo Tribunal Constitucional: nadie, ni siquiera el legislador “… puede llegar al extremo de anular el derecho y hacerlo inocuo, sino que debe respetarse el contenido mínimo que implican las mencionadas garantías constitucionales.”
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