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Las dos reforma sociales del gobierno del cambio, la reforma laboral de una parte y la reforma pensional de otra, han tenido hasta el momento un desenlace positivo, hasta el momento, porque falta, en la reforma laboral, la conciliación y en la reforma pensional un trámite nuevamente frente a la plenaria a la Cámara.
La reforma pensional fue devuelta por la Corte Constitucional por vicios de trámite en la plenaria de la Cámara. Los propósitos que tuvieron de declararla inexequible tanto por la demanda de la senadora Paloma Valencia y como de la ponencia inicial de parte del presidente de la Corte el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, afortunadamente fueron desechadas por la mayoría de los magistrados de la Corte Constitucional y acordaron darle la oportunidad de que ese vicio de trámite fuera subsanado, mediante la discusión en la plenaria de la Cámara de una proposición presentada por la representante María del Mar Pizarro, la cual dice, que se debe votar en bloque la reforma pensional con el texto que venía del Senado.
La plenaria debe debatir y votar dicha proposición, aspirando que sea el resultado final positivo por parte de la plenaria de la Cámara, que se realizará en sesiones extraordinarias convocadas por el gobierno.
Allí hay una posible salida a la ley pensional que recupera derechos en materia de lo que fue la desafortunada ley 100 de 1993 que privatizó el sistema pensional en Colombia.
Por la parte de la reforma laboral, se aprobó en el Senado, con decisiones a nuestra manera de ver muy importantes y positivas en el sentido de recuperar derechos.
La reforma laboral fue hundida el 14 de marzo en la comisión séptima del senado, la cual fue revivida el 14 de mayo mediante una jugadita, para hundir la consulta popular del presidente Gustavo Petro.
En desarrollo de dicha jugadita, fue llevada a la Comisión Cuarta del Senado, donde los intereses oligárquicos representados en los partidos del Centro Democrático, Conservador, Liberal, Cambio Radical e incluso sectores del Verde, que presiden dicha comisión, le introdujeron medidas absolutamente regresivas, con las cuales harían trizas la reforma laboral.
Introdujeron tres artículos nuevos, el contrato por horas con el cual se acaba toda estabilidad laboral, así la reforma pueda decir otra cosa; la unidad de trabajo especial que son los viejos pisos de protección social con el cual se legalizan contratos de trabajo por debajo del salario mínimo. Estos dos artículos venían desde la época de Alicia Arango como ministra de Trabajo en el gobierno de Iván Duque y el tercer artículo introdujo que la jornada semanal podría distribuirse en cuatro días de trabajo por tres de descanso, con lo cual se acabarían las horas extras y se aplicarían jornadas de trabajo extenuantes de hasta de 11 horas, atentando contra la salud física y mental de los trabajadores.
Eliminada la jornada semanal de cuatro días de trabajo por tres de descanso, que acabaría las horas extras y aplicaría jornadas extenuantes de hasta de 11 horas
Estos tres artículos afortunadamente fueron eliminados en el texto final de la reforma laboral.
En la Comisión 4 del senado además, introdujeron otras medidas regresivas con respecto a lo que se tenía en la cámara, por ejemplo, le quitaban el carácter laboral al contrato de aprendizaje, exceptuaron de la aplicación del recargo nocturno a los trabajadores que laboran en Mipymes y establecieron que en materia del pago suplementario del trabajo en dominicales y festivos, sólo se reconocería el 100% y el 75 % respectivamente.
Estos tres últimos artículos, el del carácter laboral del contrato de aprendizaje, el del recargo nocturno y el de dominicales y festivos, terminaron siendo aprobados, como salieron de la Cámara, por lo cual se recuperaron también esos derechos.
Quedan algunos asuntos aún por definir, como por ejemplo, las licencias de mujeres menstruantes, la formalización de los transportadores, así como la eliminación del plazo presuntivo para los trabajadores oficiales que es aquel que establece que los contratos son a término fijo por cada 6 meses.
Dos notas últimas en esta columna.
La primera es sobre la reforma laboral. Ha quedado la deuda de los derechos colectivos, es decir, aquellos que tienen que ver con las plenas libertades sindicales del derecho asociación, de negociación y huelga para que sean incorporadas en la legislación interna, entendiéndolas como aquellas medidas avanzadas y progresivas que en estos temas ha venido recomendando la OIT, y que además, quedaron consignados en varias de las recomendaciones que hicieron Estados Unidos Canadá en los respectivos TLC y en la entrada a la OCDE. El sindicalismo continuará enarbolando la batalla para la recuperación de esos derechos.
Y la segunda es en materia de la reformada pensional. Una vez sea votada en plenaria de cámara en las sesiones extras, para ratificar el texto del Senado, se seguirá enarbolando la necesidad y la conveniencia de que en otra oportunidad, en mejores condiciones políticas y de correlación de fuerzas, se puede presentar una propuesta encaminada a que el umbral mínimo de cotización obligatoria a Colpensiones, no sea de 2,3 salarios mínimos, sino de por lo menos cuatro salarios mínimos. Las únicas batallas que se pierden son las que se abandonan.
Posdata: Se debe insistir en una conciliación que recoja de los dos textos, el de Cámara y Senado, el más favorable para la recuperación de derechos laborales.
X: fabioariascut
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